Fundación para la Protección Social OMC.

La Fundación para la Protección Social de la OMC, de acuerdo a los objetivos recogidos en sus Estatutos, tiene por misión promover el ejercicio de la solidaridad y ayuda entre la población de médicos colegiados con el fin de atender y dar respuesta, complementariamente al sistema público, a las necesidades más inmediatas y básicas de protección social de estos profesionales y sus familias, a través de prestaciones, programas y servicios que les permitan afrontar de manera integral los posibles riesgos en materia social.

Para el desarrollo de esta finalidad, la Fundación tiene establecido y aprobado un Catálogo de Servicios, Ayudas y Prestaciones ordenadas según su naturaleza: Servicio de Atención Social, Prestaciones Asistenciales, Prestaciones para la Atención a la Dependencia y la Discapacidad, Prestaciones para la Atención a la Conciliación Personal, Familiar y Profesional, Prestaciones para la Prevención, Promoción y Protección de la Salud de Médico y para la Protección en el Ejercicio Profesional. En el propio Catálogo también se especifican los criterios de solicitud y acceso a cada una de ellas.

El buen desarrollo de la organización y del sistema de protección social hace necesario marcar unos objetivos específicos que la Fundación plantea y desarrolla de acuerdo con los siguientes principios y valores:

Principios:

  • Universalidad: garantizar la protección de todos sus potenciales beneficiarios, sin ninguna discriminación y en todas las etapas de la vida.
  • Integridad: ampliar la cobertura de protección social a todas las contingencias que se presenten en materia de atención social, salud, conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y otras condiciones de vida.
  • Unidad: permitir la articulación de políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones, de forma complementaria entre los recursos disponibles de la Fundación y los recursos de titularidad pública.
  • Participación: de todos los socios protectores y de los Colegios Oficiales de Médicos, a través de sus representantes, en la organización, gestión, control y fiscalización del programa de Protección Social de la Fundación.
  • Valores:
    • Solidaridad: promover la ayuda entre el colectivo médico, la preocupación por el bienestar del otro entre las distintas generaciones que lo conforman y los colectivos objeto de su misión.
    • Igualdad: determinar los recursos anuales disponibles y aplicar unos criterios que garanticen la igualdad en el acceso, los mismos para todos los casos.
    • Inclusión: promover la autonomía de sus beneficiarios y ofrecer oportunidades de inclusión a través de las ayudas, prestaciones y programas adecuados y personalizados.

 

Prestaciones

Definición: Servicio de información, valoración y orientación social prestado por profesionales de la atención psicosocial, mediante una red integrada de puntos de atención que abarca todas las comunidades autónomas.

Aportación: Servicio gratuito.

Colectivo destinatario:

  • Socios protectores (médicos/as colegiados/as, per- sonal de los Colegios, del CGCOM y las Fundaciones de la OMC), sus cónyuges o parejas de hecho, viu- dos/as, y actuales beneficiarios/as de la Fundación.

  • Profesionales de los Colegios Oficiales de Médicos. 

Requisitos de acceso: Aportar datos de identificación al contactar con el servicio.

Solicitudes: 900 22 21 21.

Funciones:

  • Información y asesoramiento en el ámbito social (menor, adolescencia, familia, mayores, discapa- cidad, dependencia, recursos sociales y empleo), psicológico (ansiedad, crisis emocionales y per- sonales, insomnio, maltrato, superación de acci- dentes, duelo, trastornos mentales…), nutricional y consejo médico (aspectos preventivos, informa- tivos y consejos de hábitos saludables), así como en el área jurídica y legal sobre la discapacidad y dependencia (pensiones, patrimonio protegido, tutelas y curatelas, accesibilidad…).

  • Información sobre las prestaciones de la Fundación.

  • Orientación y asesoramiento personalizado, so- bre las actuaciones y recursos (públicos y/o pri- vados) más apropiados a cada usuario y unidad familiar, para la cobertura de sus necesidades de Protección Social.

  • Apoyo en las actuaciones específicas para favo- recer el logro de los objetivos de la propuesta de orientación, en los casos que así se determine a fin de minimizar el riesgo de exclusión social.

  • Elaborar y difundir información especializada so- bre recursos públicos a los diferentes Colegios Oficiales de Médicos por medio de la Fundación, con el objeto de acercar la información a los cole- giados y sus familias.

  • Incompatibilidades: Ninguna.

Definición: Ayuda destinada a contribuir en la cobertura de las necesidades básicas de los huérfanos menores de 21 años.

Documentación requerida:

Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.

N.I.F. de la persona beneficiaria de la prestación.

N.I.F. del padre/madre o tutor.

Libro de familia.

• Certificado de defunción del socio protector.

• Sentencia de tutela, si es el caso. Adjuntar N.I.F. de quien ostente la misma.

• Comprobante bancario que garantice la titularidad de la cuenta por parte de la persona objeto de la prestación. 

Tipología: Prestación económica de carácter mensual y renovable anualmente, vinculada a una situación de asistencia a la orfandad.

Colectivo destinatario: 

  • Huérfanos/as de socios protectores fallecidos (médicos/as colegiados/as, personal de los Cole- gios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC).
  • Hijos/as de socios protectores jubilados o con discapacidad (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC), estando estos acogidos por la Fundación. 

Solicitudes:

  • Plazo: 3 meses desde la fecha del fallecimiento del socio protector.
  • Renovación: Anualmente desde el 1 de agosto al 31 de octubre.
  • Lugar: Colegio Oficial de Médicos.

Funciones: Ayudar económicamente a los beneficiarios meno- res de 21 años en la cobertura de gastos básicos de vida.

Aportación:

  • 387 €/mes para los huérfanos de padre o madre médico.
  • 530 €/mes para los huérfanos (absolutos) de pa- dre y madre, uno de ellos médico.
  • 1.059 €/mes para los huérfanos (absolutos) de padre y madre, ambos médicos.

Incompatibilidades: 

  • Beca para Estudios Oficiales.
  • Cualquier otra prestación de la Fundación con finalidad similar, previa valoración.

Requisitos de acceso: 

  • Ser huérfano de socio protector.
  • Tener menos de 21 años en el momento de fallecer el socio protector.
  • Ser hijo de socio protector acogido por la Fundación.

 

SOLICITUD DE PRESTACIÓN ASISTENCIAL- ORFANDAD – MENOR DE 21 AÑOS 

 

Definición: Ayuda destinada a prorrogar la ayuda a los huérfanos protegidos por la Fundación que cumplan 21 años hasta finalizar el curso.

Tipología: Prestación económica de carácter mensual hasta el mes de junio, vinculada a prorrogar la ayuda de orfandad al cumplir 21 años.

Documentación requerida:

• Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.

N.I.F. de la persona beneficiaria de la prestación.
Fotocopia de la matrícula firmada y sellada donde consten el número de créditos o curso completo.

• Fotocopia del abono del seguro escolar obligatorio o el justificante del pago de la matrícula. 

•  Comprobante bancario que garantice la titularidad de la cuenta por parte de la persona objeto de la prestación. 

Importante: Si cursa estudios en el extranjero deberá enviar un certificado en castellano en el que conste:  tipo de estudios, curso académico, curso actual, créditos o curso completo y pago de matrícula.  

Colectivo destinatario: 

  • Huérfanos/as de socios protectores fallecidos (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC).
  • Hijos/as de socios protectores jubilados o con discapacidad (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC), estando estos acogidos por la Fundación. 

Funciones: Asegurar la continuidad de la ayuda hasta finalizar los estudios del curso académico que termine en el año que el huérfano cumple 21 años.

Aportación: 

  • 387 €/mes para los huérfanos de padre o madre o hijos acogidos por la Fundación.
  • 530 €/mes para los huérfanos (absolutos) de padre y madre.
  • 1.059 €/mes para los huérfanos (absolutos) de padre y madre, ambos médicos. 

Solicitudes: 

  • Plazo: desde el 1 de enero hasta el 30 de junio.
  • Renovación: No renovable. 
  • Lugar: Colegio Oficial de Médicos. 

Requisitos de acceso:

• Ser huérfano de socio protector.
• Ser hijo de socio protector acogido por la Fundación.

• Cumplir 21 años entre el 1 de enero y el 31 de mayo.

• Estar matriculado en estudios oficiales (Bachiller, C.F.G.M., C.F.G.S., Grado o Máster Universitario), durante ese año y en un curso completo.

Incompatibilidades: 

  • Huérfano con Discapacidad.
  • Beca para Estudios Oficiales.
  • Cualquier otra prestación de la Fundación con fi- nalidad similar, previa valoración.

 

Definición: Ayuda destinada a sufragar los costes por la realización de hasta tres o cuatro cursos académicos en estudios oficiales con una duración en la misma y única carrera de cuatro o seis años.

Tipología: Prestación económica de carácter puntual, vinculada a una situación de asistencia a la orfandad.

Colectivo destinatario: 

  • Huérfanos/as de socios protectores fallecidos (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC).
  • Hijos/as de socios protectores jubilados o con discapacidad (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC), estando estos acogidos por la Fundación.

Funciones: Contribuir a asegurar el futuro profesional mediante la realización de estudios oficiales.

Aportación:

  • 3.665 €/único (curso 2021-22) y 3.830 €/único (2022-23) para estudios de Grado o Máster de grado.
  • 3.253 €/único (curso 2021-22) y 3.399 €/único (2022-23) para estudios de C.F.G.S.
  • 2.850 €/único (curso 2021-22) y 2.978 €/único (2022-23) para estudios de Bachiller y C.F.G.M. Huérfanos absolutos:
  • 4.263 €/único (curso 2021-22) y 4.668 €/único (2022-23) para los huérfanos (absolutos) de padre y madre, uno de ellos médico.
  • 8.517 €/único (curso 2021-22) y 8.926 €/único (2022-23) para los huérfanos (absolutos) de padre y madre, ambos médicos.

Requisitos de acceso:

• Ser huérfano de socio protector.

• Ser hijo de socio protector acogido por la Fundación.

• Tener menos de 25 años y más de 21 años en el momento de solicitar la ayuda.

• Estar matriculado de estudios oficiales (Bachiller, C.F.G.M., C.F.G.S., Grado o Máster Universitario), durante ese año y en un curso completo.

• 1ª beca: estar matriculado de un curso completo oficialmente reglamentado durante ese año, o su equivalente en créditos (60 créditos mínimos).

  • 2a beca y sucesivas: estar matriculado de un curso completo oficialmente reglamentado durante ese año, o su equivalente en créditos (60 créditos mí- nimos) y haber aprobado al menos 30 créditos del curso anterior.
  • Último curso: estar matriculado de un curso completo oficialmente reglamentado durante ese año, o su equivalente en créditos (60 créditos míni- mos). En el caso de estar matriculado en menos créditos, se concederá proporcionalmente, siempre que no se hayan agotado el número de becas.

Documentación requerida:

•  Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.

N.I.F. de la persona beneficiaria de la prestación.

Fotocopia de la matrícula firmada y sellada donde consten el número de créditos o curso completo.

Fotocopia del abono del seguro escolar obligatorio o el justificante del pago de la matrícula.

Comprobante bancario que garantice la titularidad de la cuenta por parte de la persona objeto de la prestación.

Además, para 2a beca y sucesivas:

Expediente académico de las calificaciones del curso anterior.

Importante: Si cursa estudios en el extranjero se deberá enviar un certificado en castellano en el que conste: tipo de estudios, curso académico, curso actual, créditos o curso completo y pago de matrícula. Para la 2a beca y suce- sivas aportar un certificado en castellano del expediente académico con las calificaciones del curso anterior.

Solicitudes: 

  • Plazos: Curso 2021-22 del 1 de septiembre de 2021 al 31 de mayo de 2022 – Curso 2022-23 del 1 de septiembre de 2022 al 31 de mayo de 2023.
  • Renovación: No renovable.
  • Lugar: Colegio Oficial de Médicos.

Incompatibilidades:

Haber agotado el no de becas estatutario.
Estudios no oficiales que no estén reconocidos por el Ministerio de Educación.

Formación postgrado.

Máster de título propio.

Cualquier otra prestación de la Fundación con finalidad similar, previa valoración.

Definición: Ayuda destinada a cubrir los gastos originados por la expedición de un título  correspondiente a los estudios oficiales realizados de un Ciclo Formativo, Grado o Máster. 

Tipología: Prestación económica de carácter puntual, vinculada a una situación de asistencia a la orfandad.

Colectivo destinatario:

  • Huérfanos/as de socios protectores fallecidos (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC).

  • Hijos/as de socios protectores jubilados o con discapacidad (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC), estando estos acogidos por la Fundación.

Funciones: Contribuir a asegurar el futuro profesional mediante la cobertura de los gastos originados por la expedición del título oficial.

Aportación: Reintegro de la cantidad económica correspondiente a la expedición del título. 

Requisitos de acceso: 

Ser huérfano de socio protector.

•  Ser hijo de socio protector acogido por la Fundación.

•  Tener menos de 25 años y más de 21 años en el momento de solicitar la ayuda.

•  Justificante de pago de los gastos de la expedición del título oficial.

Documentación requerida:

Impreso de solicitud debidamente cumplimenta- do y firmado.

N.I.F. de la persona beneficiaria de la prestación.
Justificante de pago de los gastos de la expedición del título oficial.

Comprobante bancario que garantice la titularidad de la cuenta por parte de la persona objeto de la prestación.

Importante: Si cursa estudios en el extranjero, se deberá enviar un certificado en castellano en el que conste: tipo de estudios e importe abonado. 

Solicitudes:

•Plazo: En el mismo año o al siguiente de la finalización de los estudios. 

• Renovación: No renovable. 

•  Lugar: Colegio Oficial de Médicos.

Incompatibilidades:

Con otras prestaciones Asistenciales.
Estudios no oficiales que no estén reconocidos por el Ministerio de Educación.

Formación postgrado.

Máster de título propio.

Con la solicitud de otro título en la Fundación (excepto dobles grados).

Definición: Ayuda destinada a sufragar los gastos derivados de una situación de orfandad con discapacidad y/o dependencia.

Tipología: Prestación económica de carácter mensual y renovable anualmente, vinculada a una situación de asistencia a la orfandad.

Colectivo destinatario: 

  • Huérfanos/as de socios protectores fallecidos (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC).

  • Hijos/as de socios protectores jubilados o con discapacidad (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC), estando estos acogidos por la Fundación.

Funciones: Ayudar en la cobertura de los gastos derivados de una situación de orfandad con discapacidad. 

Aportación: Hasta 576 €/mes.

Requisitos de acceso:

Ser huérfano de socio protector.

• Ser hijo de socio protector acogido por la Fundación.

• Tener reconocida una discapacidad permanente de carácter físico, psíquico, sensorial o múltiple, igual o superior al 65%.

• Haber dependido económicamente y de forma ininterrumpida del socio protector hasta el fallecimiento de este, manteniéndose en la actualidad el criterio de vulnerabilidad económica.

• No superar con sus ingresos, los topes anuales establecidos por la Fundación por cada miembro de la Unidad Familiar (UF) en 18.117 €/año en si- tuación de orfandad, y 40.352 €/año en el caso de orfandad absoluta.

• El socio protector relacionado tendrá que haberlo sido durante al menos 10 años ininterrumpidos.

Documentación requerida:

Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.

N.I.F. de la persona beneficiaria de la prestación.

Libro de familia.

Título de familia numerosa o familia monoparental, en caso de tener reconocida la condición.

Certificado de defunción del socio protector.
Sentencia de tutela, si es el caso. Adjuntar N.I.F. de quien ostente la misma.

Reconocimiento de Grado de Discapacidad y Dependencia y del Plan de Atención Individualizado (PIA) del solicitante, y de otros miembros de la UF que lo tengan. En caso de no tenerlo, justificante de haberlo solicitado.

Justificantes de ingresos de todos los miembros de la Unidad Familiar UF que lo tengan:

  • Declaración de la renta del último ejercicio económico de cada uno de los miembros de la UF obligados a declarar. En caso de no hacer la declaración de la renta, presentar certifica- do de imputaciones del I.R.P.F. de todos los miembros de la UF.

  • Certificado de importes al cobro desglosado de todas las pensiones y ayudas públicas, las perciban o no, de todos los miembros de la UF.

    Comprobante bancario que garantice la titularidad de la cuenta por parte de la persona objeto de la prestación.

Solicitudes:

  • Plazo: 3 meses desde la fecha del fallecimiento del socio protector.

  • Renovación: Anualmente desde el 1 de agosto al 31 de octubre.

  • Lugar: Colegio Oficial de Médicos.

Incompatibilidades:

• Centro de Atención Diurna/Nocturna.

Atención en el Domicilio (SAD).

Cualquier otra prestación de la Fundación con finalidad similar, previa valoración.

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