El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) reclama, a través de una carta enviada a Salvador Illa, ministro de Sanidad, que el reconocimiento de los contagios de los profesionales sanitarios con la calificación de contingencia profesional vuelva a estar vigente, como así ha sido durante el estado de alarma, motivado por la pandemia de COVID-19. Carta a la que el Colegio de Médicos apoya con total firmeza.

 En el escrito al ministro de Sanidad se expresa la inquietud por la redacción del Real Decreto 19/2020, de 26 de mayo, acerca del límite temporal de los efectos de la norma, que prorroga la protección de los profesionales contagiados hasta el mes posterior a la finalización del estado de alarma. Es decir, hasta el 21 de julio. Incidimos pues en que la situación sanitaria persiste, existen continuos rebrotes que sitúan la crisis a las puertas de una segunda oleada pandémica, por lo que solicitamos que no se limite esta cobertura a periodos temporales concretos. 

El Consejo de Ministros aprobó que los contagios y fallecimientos por COVID-19 en los profesionales sanitarios de centros sanitarios o sociosanitarios fueran considerados como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo por haber estado expuestos a ese riesgo específico durante el ejercicio de su profesión, independientemente de la fase de la pandemia en la que se haya contraído la enfermedad.

Esta medida respondió a la petición expresada por el CGCOM el pasado día 5 de mayo, en la que solicitaba por carta a los ministros de Sanidad y Trabajo el reconocimiento para los profesionales de la medicina de la calificación de “enfermedad profesional”, para aquellos que hubieran sufrido contagio por COVID19, al objeto de que reciban una mayor protección en sus prestaciones de todo tipo, no señaladas hasta este momento para las enfermedades que no sean profesionales.

La petición contó con el respaldo de un informe de los servicios jurídicos del CGCOM, y el aval de la Asamblea del Consejo General de Colegios de Médicos de España, en su reunión llevada a cabo el pasado 1 de mayo. Una solicitud en línea con la de otras instituciones como la Organización Mundial de la Salud, sobre la necesidad de que los profesionales sanitarios contagiados deban tener derecho a beneficios por lesiones laborales como enfermedad profesional, incluyendo compensación, rehabilitación y servicios sanitarios.

El contacto continuo con el virus SARS-CoV-2 supone para los profesionales sanitarios asumir siempre el riesgo y la certeza lamentable, algunas veces, de contraer esta enfermedad precisamente por su desempeño laboral. Hasta la fecha, al menos, los sanitarios han obtenido el reconocimiento de que esos contagios contaban con la calificación de contingencia profesional, durante el estado de alarma, en sus sucesivas prórrogas, motivado por la pandemia.

Los profesionales sanitarios se han llenado de inquietud y estupor, sin embargo, la redacción del Real Decreto 19/2020, de 26 de mayo acerca del límite temporal de los efectos de la norma. La antes mencionada protección de los profesionales contagiados, bajo el rótulo de contingencia profesional, se prorroga, dice la norma, hasta el mes posterior a la finalización del estado de alarma. Es decir, hasta el 21 de julio de 2020, ya que la última prórroga de dicha situación de alarma se extendió hasta el 21 de junio pasado.

¿Cree Ud. Sr. Ministro que el virus será respetuoso con los profesionales y no se acercará a ellos pasado el 21 de julio 2020? ¿Acaso no es palmario que la situación sanitaria persiste y que estamos ante una situación de rebrotes, casi a las puertas de una segunda ola pandémica? Nada ha cambiado en el terreno de las repercusiones infectivas a los profesionales. Ellos siguen trabajando y el virus, ya vemos, que tampoco descansa.

Los profesionales sanitarios no pueden evitar una dolorosa sensación de desamparo que alcanza a los profesionales que han estado batallando sin descanso contra el COVID-19, en cumplimiento de su obligación y compromiso profesional con la sociedad. Los sanitarios los, tratan de aportar seguridad clínica y quieren (necesitan) hacer con el sustrato de protección legal que, entienden merecida.

Que el contagio por COVID-19 o SARS-CoV2 es una contingencia profesional para quienes atienden a los enfermos de dicha patología se encuentra fuera de toda duda desde cualquier punto de vista autorizado, exigiendo, naturalmente que el profesional haya estado expuesto a este riesgo específico y así se acredite por los correspondientes Servicios de Riesgos Laborales y Salud Laboral. Estos Servicios declaran continuada e inequívocamente dicha exposición y los colectivos a los que afecta.

Si se pertenece a los grupos de riesgo recogidos en el “Cuadro de Enfermedades Profesionales”, si se atendió a pacientes contagiados y sobreviene el contagio posterior la consideración de la enfermedad por Coronavirus debe ser de enfermedad profesional. La situación demanda una consideración como “enfermedad del trabajo” del contagio por COVID19 en los médicos, como se ha reconocido mientras se mantiene la situación de pandemia y con independencia de aplicación de cortapisas normativas a los palmarios derechos de protección de los profesionales, limitando ésta al 21 de julio, ya pasado, por cierto.

Petición para que la profesión médica sea declarada profesión de riesgo

Otra de las iniciativas del CGCOM durante la pandemia fue la petición de la corporación para que la profesión médica sea declarada profesión de riesgo. Hace un mes, el gabinete del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones envió una carta al presidente del CGCOM, Dr. Serafín Romero, en la que le informa de que esta petición había sido trasladada a la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones para ser atendida y respondida puntualmente.

Esta misiva suponía un nuevo avance, tras la respuesta por parte del Secretario General de Sanidad, Faustino Blanco a principios de junio donde informaba al CGCOM del traslado de esta petición al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Desde este último ministerio aseguran en su comunicación al Dr. Romero que podían “asegurarle que sus preocupaciones serán atendidas y respondidas puntualmente por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, a quien se las hemos hecho llegar para que, en el menor plazo de tiempo posible, le dé cumplida respuesta”.

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