FUNDACIÓN PARA LA PROTECCIÓN SOCIAL DE LA OMC

La Fundación para la Protección Social de la OMC, de acuerdo a los objetivos recogidos en sus Estatutos, tiene por misión promover el ejercicio de la solidaridad y ayuda entre la población de médicos colegiados con el fin de atender y dar respuesta, complementariamente al sistema público, a las necesidades más inmediatas y básicas de protección social de estos profesionales y sus familias, a través de prestaciones, programas y servicios que les permitan afrontar de manera integral los posibles riesgos en materia social.

Para el desarrollo de esta finalidad, la Fundación tiene establecido y aprobado un Catálogo de Servicios, Ayudas y Prestaciones ordenadas según su naturaleza: Servicio de Atención Social, Prestaciones Asistenciales, Prestaciones para la Atención a la Dependencia y la Discapacidad, Prestaciones para la Atención a la Conciliación Personal, Familiar y Profesional, Prestaciones para la Prevención, Promoción y Protección de la Salud de Médico y para la Protección en el Ejercicio Profesional. En el propio Catálogo también se especifican los criterios de solicitud y acceso a cada una de ellas.

El buen desarrollo de la organización y del sistema de protección social hace necesario marcar unos objetivos específicos que la Fundación plantea y desarrolla de acuerdo con los siguientes principios y valores:

Principios:

– Universalidad: garantizar la protección de todos sus potenciales beneficiarios, sin ninguna discriminación y en todas las etapas de la vida.

– Integridad: ampliar la cobertura de protección social a todas las contingencias que se presenten en materia de atención social, salud, conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y otras condiciones de vida.

– Unidad: permitir la articulación de políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones, de forma complementaria entre los recursos disponibles de la Fundación y los recursos de titularidad pública.

– Participación: de todos los socios protectores y de los Colegios Oficiales de Médicos, a través de sus representantes, en la organización, gestión, control y fiscalización del programa de Protección Social de la Fundación.

Valores:

– Solidaridad: promover la ayuda entre el colectivo médico, la preocupación por el bienestar del otro entre las distintas generaciones que lo conforman y los colectivos objeto de su misión.

– Igualdad: determinar los recursos anuales disponibles y aplicar unos criterios que garanticen la igualdad en el acceso, los mismos para todos los casos.

– Inclusión: promover la autonomía de sus beneficiarios y ofrecer oportunidades de inclusión a través de las ayudas, prestaciones y programas adecuados y personalizados.

PRESTACIONES

Atención Social

Definición: Servicio de información, valoración y orientación social prestado por profesionales de la atención psicosocial, mediante una red integrada de puntos de atención que abarca todas las comunidades autónomas.

Aportación: Servicio gratuito.

Colectivo destinatario:

  • Socios protectores (médicos/as colegiados/as, per- sonal de los Colegios, del CGCOM y las Fundaciones de la OMC), sus cónyuges o parejas de hecho, viu- dos/as, y actuales beneficiarios/as de la Fundación.
  • Profesionales de los Colegios Oficiales de Médicos. 

Requisitos de acceso: Aportar datos de identificación al contactar con el servicio.

Solicitudes: 900 22 21 21.

Funciones:

  • Información y asesoramiento en el ámbito social (menor, adolescencia, familia, mayores, discapa- cidad, dependencia, recursos sociales y empleo), psicológico (ansiedad, crisis emocionales y per- sonales, insomnio, maltrato, superación de acci- dentes, duelo, trastornos mentales…), nutricional y consejo médico (aspectos preventivos, informa- tivos y consejos de hábitos saludables), así como en el área jurídica y legal sobre la discapacidad y dependencia (pensiones, patrimonio protegido, tutelas y curatelas, accesibilidad…).
  • Información sobre las prestaciones de la Fundación.
  • Orientación y asesoramiento personalizado, so- bre las actuaciones y recursos (públicos y/o pri- vados) más apropiados a cada usuario y unidad familiar, para la cobertura de sus necesidades de Protección Social.
  • Apoyo en las actuaciones específicas para favo- recer el logro de los objetivos de la propuesta de orientación, en los casos que así se determine a fin de minimizar el riesgo de exclusión social.
  • Elaborar y difundir información especializada so- bre recursos públicos a los diferentes Colegios Oficiales de Médicos por medio de la Fundación, con el objeto de acercar la información a los cole- giados y sus familias.
  • Incompatibilidades: Ninguna.
ORFANDAD - Menor de 21 Años

Definición: Ayuda destinada a contribuir en la cobertura de las necesidades básicas de los huérfanos menores de 21 años.

Documentación requerida:

• Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.

• N.I.F. de la persona beneficiaria de la prestación.

• N.I.F. del padre/madre o tutor.

• Libro de familia.

• Certificado de defunción del socio protector.

• Sentencia de tutela, si es el caso. Adjuntar N.I.F. de quien ostente la misma.

• Comprobante bancario que garantice la titularidad de la cuenta por parte de la persona objeto de la prestación. 

Tipología: Prestación económica de carácter mensual y renovable anualmente, vinculada a una situación de asistencia a la orfandad.

Colectivo destinatario: 

  • Huérfanos/as de socios protectores fallecidos (médicos/as colegiados/as, personal de los Cole- gios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC).
  • Hijos/as de socios protectores jubilados o con discapacidad (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC), estando estos acogidos por la Fundación. 

Solicitudes:

  • Plazo: 3 meses desde la fecha del fallecimiento del socio protector.
  • Renovación: Anualmente desde el 1 de agosto al 31 de octubre.
  • Lugar: Colegio Oficial de Médicos.

Funciones: Ayudar económicamente a los beneficiarios meno- res de 21 años en la cobertura de gastos básicos de vida.

Aportación:

  • 387 €/mes para los huérfanos de padre o madre médico.
  • 530 €/mes para los huérfanos (absolutos) de pa- dre y madre, uno de ellos médico.
  • 1.059 €/mes para los huérfanos (absolutos) de padre y madre, ambos médicos.

Incompatibilidades: 

  • Beca para Estudios Oficiales.
  • Cualquier otra prestación de la Fundación con finalidad similar, previa valoración.

Requisitos de acceso: 

  • Ser huérfano de socio protector.
  • Tener menos de 21 años en el momento de fallecer el socio protector.
  • Ser hijo de socio protector acogido por la Fundación.

SOLICITUD DE PRESTACIÓN ASISTENCIAL- ORFANDAD – MENOR DE 21 AÑOS 

ORFANDAD - Prórroga al cumplir 21 Años

Definición: Ayuda destinada a prorrogar la ayuda a los huérfanos protegidos por la Fundación que cumplan 21 años hasta finalizar el curso.

Tipología: Prestación económica de carácter mensual hasta el mes de junio, vinculada a prorrogar la ayuda de orfandad al cumplir 21 años.

Documentación requerida:

• Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.

• N.I.F. de la persona beneficiaria de la prestación.
• Fotocopia de la matrícula firmada y sellada donde consten el número de créditos o curso completo.

• Fotocopia del abono del seguro escolar obligatorio o el justificante del pago de la matrícula. 

•  Comprobante bancario que garantice la titularidad de la cuenta por parte de la persona objeto de la prestación. 

Importante: Si cursa estudios en el extranjero deberá enviar un certificado en castellano en el que conste:  tipo de estudios, curso académico, curso actual, créditos o curso completo y pago de matrícula.  

Colectivo destinatario: 

  • Huérfanos/as de socios protectores fallecidos (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC).
  • Hijos/as de socios protectores jubilados o con discapacidad (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC), estando estos acogidos por la Fundación. 

Funciones: Asegurar la continuidad de la ayuda hasta finalizar los estudios del curso académico que termine en el año que el huérfano cumple 21 años.

Aportación: 

  • 387 €/mes para los huérfanos de padre o madre o hijos acogidos por la Fundación.
  • 530 €/mes para los huérfanos (absolutos) de padre y madre.
  • 1.059 €/mes para los huérfanos (absolutos) de padre y madre, ambos médicos. 

Solicitudes: 

  • Plazo: desde el 1 de enero hasta el 30 de junio.
  • Renovación: No renovable. 
  • Lugar: Colegio Oficial de Médicos. 

Requisitos de acceso:

• Ser huérfano de socio protector.
• Ser hijo de socio protector acogido por la Fundación.

• Cumplir 21 años entre el 1 de enero y el 31 de mayo.

• Estar matriculado en estudios oficiales (Bachiller, C.F.G.M., C.F.G.S., Grado o Máster Universitario), durante ese año y en un curso completo.

Incompatibilidades: 

  • Huérfano con Discapacidad.
  • Beca para Estudios Oficiales.
  • Cualquier otra prestación de la Fundación con fi- nalidad similar, previa valoración.

ORFANDAD - Beca para Estudios Oficiales

Definición: Ayuda destinada a sufragar los costes por la realización de hasta tres o cuatro cursos académicos en estudios oficiales con una duración en la misma y única carrera de cuatro o seis años.

Tipología: Prestación económica de carácter puntual, vinculada a una situación de asistencia a la orfandad.

Colectivo destinatario: 

  • Huérfanos/as de socios protectores fallecidos (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC).
  • Hijos/as de socios protectores jubilados o con discapacidad (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC), estando estos acogidos por la Fundación.

Funciones: Contribuir a asegurar el futuro profesional mediante la realización de estudios oficiales.

Aportación:

  • 3.665 €/único (curso 2021-22) y 3.830 €/único (2022-23) para estudios de Grado o Máster de grado.
  • 3.253 €/único (curso 2021-22) y 3.399 €/único (2022-23) para estudios de C.F.G.S.
  • 2.850 €/único (curso 2021-22) y 2.978 €/único (2022-23) para estudios de Bachiller y C.F.G.M. Huérfanos absolutos:
  • 4.263 €/único (curso 2021-22) y 4.668 €/único (2022-23) para los huérfanos (absolutos) de padre y madre, uno de ellos médico.
  • 8.517 €/único (curso 2021-22) y 8.926 €/único (2022-23) para los huérfanos (absolutos) de padre y madre, ambos médicos.

Requisitos de acceso:

• Ser huérfano de socio protector.

• Ser hijo de socio protector acogido por la Fundación.

• Tener menos de 25 años y más de 21 años en el momento de solicitar la ayuda.

• Estar matriculado de estudios oficiales (Bachiller, C.F.G.M., C.F.G.S., Grado o Máster Universitario), durante ese año y en un curso completo.

• 1ª beca: estar matriculado de un curso completo oficialmente reglamentado durante ese año, o su equivalente en créditos (60 créditos mínimos).

  • 2a beca y sucesivas: estar matriculado de un curso completo oficialmente reglamentado durante ese año, o su equivalente en créditos (60 créditos mí- nimos) y haber aprobado al menos 30 créditos del curso anterior.
  • Último curso: estar matriculado de un curso completo oficialmente reglamentado durante ese año, o su equivalente en créditos (60 créditos míni- mos). En el caso de estar matriculado en menos créditos, se concederá proporcionalmente, siempre que no se hayan agotado el número de becas.

Documentación requerida:

•  Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.

• N.I.F. de la persona beneficiaria de la prestación.

• Fotocopia de la matrícula firmada y sellada donde consten el número de créditos o curso completo.

• Fotocopia del abono del seguro escolar obligatorio o el justificante del pago de la matrícula.

• Comprobante bancario que garantice la titularidad de la cuenta por parte de la persona objeto de la prestación.

Además, para 2a beca y sucesivas:

• Expediente académico de las calificaciones del curso anterior.

Importante: Si cursa estudios en el extranjero se deberá enviar un certificado en castellano en el que conste: tipo de estudios, curso académico, curso actual, créditos o curso completo y pago de matrícula. Para la 2a beca y suce- sivas aportar un certificado en castellano del expediente académico con las calificaciones del curso anterior.

Solicitudes: 

  • Plazos: Curso 2021-22 del 1 de septiembre de 2021 al 31 de mayo de 2022 – Curso 2022-23 del 1 de septiembre de 2022 al 31 de mayo de 2023.
  • Renovación: No renovable.
  • Lugar: Colegio Oficial de Médicos.

Incompatibilidades:

• Haber agotado el no de becas estatutario.
• Estudios no oficiales que no estén reconocidos por el Ministerio de Educación.

• Formación postgrado.

• Máster de título propio.

• Cualquier otra prestación de la Fundación con finalidad similar, previa valoración.

ORFANDAD - Expedición de Título Oficial

Definición: Ayuda destinada a cubrir los gastos originados por la expedición de un título  correspondiente a los estudios oficiales realizados de un Ciclo Formativo, Grado o Máster. 

Tipología: Prestación económica de carácter puntual, vinculada a una situación de asistencia a la orfandad.

Colectivo destinatario:

  • Huérfanos/as de socios protectores fallecidos (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC).

  • Hijos/as de socios protectores jubilados o con discapacidad (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC), estando estos acogidos por la Fundación.

Funciones: Contribuir a asegurar el futuro profesional mediante la cobertura de los gastos originados por la expedición del título oficial.

Aportación: Reintegro de la cantidad económica correspondiente a la expedición del título. 

Requisitos de acceso: 

• Ser huérfano de socio protector.

•  Ser hijo de socio protector acogido por la Fundación.

•  Tener menos de 25 años y más de 21 años en el momento de solicitar la ayuda.

•  Justificante de pago de los gastos de la expedición del título oficial.

Documentación requerida:

• Impreso de solicitud debidamente cumplimenta- do y firmado.

• N.I.F. de la persona beneficiaria de la prestación.
• Justificante de pago de los gastos de la expedición del título oficial.

• Comprobante bancario que garantice la titularidad de la cuenta por parte de la persona objeto de la prestación.

Importante: Si cursa estudios en el extranjero, se deberá enviar un certificado en castellano en el que conste: tipo de estudios e importe abonado. 

Solicitudes:

•Plazo: En el mismo año o al siguiente de la finalización de los estudios. 

• Renovación: No renovable. 

•  Lugar: Colegio Oficial de Médicos.

Incompatibilidades:

• Con otras prestaciones Asistenciales.
• Estudios no oficiales que no estén reconocidos por el Ministerio de Educación.

• Formación postgrado.

• Máster de título propio.

• Con la solicitud de otro título en la Fundación (excepto dobles grados).

ORFANDAD - Huérfano con discapacidad

Definición: Ayuda destinada a sufragar los gastos derivados de una situación de orfandad con discapacidad y/o dependencia.

Tipología: Prestación económica de carácter mensual y renovable anualmente, vinculada a una situación de asistencia a la orfandad.

Colectivo destinatario: 

  • Huérfanos/as de socios protectores fallecidos (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC).

  • Hijos/as de socios protectores jubilados o con discapacidad (médicos/as colegiados/as, personal de los Colegios o del CGCOM y las Fundaciones de la OMC), estando estos acogidos por la Fundación.

Funciones: Ayudar en la cobertura de los gastos derivados de una situación de orfandad con discapacidad. 

Aportación: Hasta 576 €/mes.

Requisitos de acceso:

• Ser huérfano de socio protector.

• Ser hijo de socio protector acogido por la Fundación.

• Tener reconocida una discapacidad permanente de carácter físico, psíquico, sensorial o múltiple, igual o superior al 65%.

• Haber dependido económicamente y de forma ininterrumpida del socio protector hasta el fallecimiento de este, manteniéndose en la actualidad el criterio de vulnerabilidad económica.

• No superar con sus ingresos, los topes anuales establecidos por la Fundación por cada miembro de la Unidad Familiar (UF) en 18.117 €/año en si- tuación de orfandad, y 40.352 €/año en el caso de orfandad absoluta.

• El socio protector relacionado tendrá que haberlo sido durante al menos 10 años ininterrumpidos.

Documentación requerida:

• Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.

• N.I.F. de la persona beneficiaria de la prestación.

• Libro de familia.

• Título de familia numerosa o familia monoparental, en caso de tener reconocida la condición.

• Certificado de defunción del socio protector.
• Sentencia de tutela, si es el caso. Adjuntar N.I.F. de quien ostente la misma.

• Reconocimiento de Grado de Discapacidad y Dependencia y del Plan de Atención Individualizado (PIA) del solicitante, y de otros miembros de la UF que lo tengan. En caso de no tenerlo, justificante de haberlo solicitado.

• Justificantes de ingresos de todos los miembros de la Unidad Familiar UF que lo tengan:

  • Declaración de la renta del último ejercicio económico de cada uno de los miembros de la UF obligados a declarar. En caso de no hacer la declaración de la renta, presentar certifica- do de imputaciones del I.R.P.F. de todos los miembros de la UF.

  • Certificado de importes al cobro desglosado de todas las pensiones y ayudas públicas, las perciban o no, de todos los miembros de la UF.

    • Comprobante bancario que garantice la titularidad de la cuenta por parte de la persona objeto de la prestación.

Solicitudes:

  • Plazo: 3 meses desde la fecha del fallecimiento del socio protector.

  • Renovación: Anualmente desde el 1 de agosto al 31 de octubre.

  • Lugar: Colegio Oficial de Médicos.

Incompatibilidades:

• Centro de Atención Diurna/Nocturna.

• Atención en el Domicilio (SAD).

• Cualquier otra prestación de la Fundación con finalidad similar, previa valoración.